Red de Salud Popular Dr. Ramón Carrillo

El 20 de diciembre de 2012 fue confirmada por el Superior Tribunal de Justicia de Chaco, una sentencia de la Cámara de Apelaciones de Resistencia, por lo que quedó firme el fallo objeto del presente comentario, dictado a fines del año 2008 por el Juzgado Civil y Comercial N° 6 de Resistencia. Un largo periplo para que adquiera firmeza una sentencia tan importante para los pueblos indígenas de Chaco.

Av. Rivadavia 2009, Piso 3.Oficina G
CPA C1033AAK
Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Tel.: 011 4951 7687

Hipólito Yrigoyen 720
CPA 9100 - Trelew
Provincia de Chubut
Tel.: 0280 443 7604

secretaria@funpat3mil.com.ar

Contacto

Usted puede comunicarse con nosotros y a la brevedad responderemos su mensaje.