Otra ratificación a un pedido para que el agua no contenga más de 0,01 miligramos de arsénico por litro. En este caso, la Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo con asiento en San Martín, Provincia de Buenos Aires, confirmó la medida cautelar que oportunamente dictara el Juzgado de Garantias del Jóven N° 1 del Departamentoo Judicial de Mercedes, por la cual se obligaba a Aguas Bonaerenses S.A. (ABSA), prestataria del servicio de red de agua domiciliaria de la ciudad de Bragado, a entregar en el domicilio de la familia amparista como en colegios, hospitales y centro recreativos de dicha localidad bonaerense, bidones de agua cuya calidad se ajuste a los parámetros fijados por la Organizacion Mundial para la Salud (OMS).